El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones
(OSIPTEL) dispuso una reducción promedio de 1.58% en las tarifas tope de
los servicios regulados de telefonía fija que ofrece la empresa
Telefónica del Perú.
Tal ajuste, que entrará en vigencia el 1 de marzo de 2014,
corresponde a la aplicación del Factor de Productividad aprobado a
inicios de agosto de 2013.
La reducción se realizará en cumplimiento de la aplicación del Factor
de Productividad, que se fija, desde setiembre de 2001, cada tres años
de acuerdo a los contratos de concesión celebrados entre el Estado
Peruano y la referida empresa.
El OSIPTEL explicó que las reducciones se darán en las canastas de
servicios C (instalación), D (renta mensual y llamadas locales), y E
(llamadas de larga distancia nacional e internacional).
Derivados del presente ajuste, se reducirán las rentas mensuales de
dos planes tarifarios. Entre ellos, la Tarifa Plana Local 79 y el Plan
Control al Segundo (en modalidades monoproducto, dúos y trío), lo cual
beneficiará a 420 mil usuarios.
En cuanto a las tarifas para las llamadas de Larga Distancia
Internacional (LDI), se han dado reducciones para las llamadas a 11
destinos internacionales en horario normal, incluyendo a Argentina,
Chile, España Italia, entre otros.
El ajuste tarifario también aplica a las llamadas de Larga Distancia Nacional (LDN) en horario normal.
AHORRO
El OSIPTEL informó que el ajuste aprobado generará un ahorro anual
estimado para los usuarios de telefonía fija de S/.9 millones en rentas
mensuales, así como de S/. 1.8 millones, en llamadas de larga distancia
nacional e internacional.
Conviene indicar que, en el presente ajuste, también se implementa un
proceso de simplificación de planes que implica pasar de una estructura
de 49 a 20 planes tarifarios.
El OSIPTEL ha dispuesto que Telefónica del Perú S.A.A. publique, un
día antes de la entrada en vigencia (1 de marzo de 2014), el detalle de
las tarifas tope de los servicios involucrados en el ajuste tarifario.
Este ajuste tarifario es la tercera rebaja trimestral que se hará
usando el Factor de Productividad, que fue fijado en 6.10% anual, a
inicios de agosto del 2013, el mismo que se aplicará entre setiembre del
2013 y agosto del 2016.
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